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Administraciones educativas

La Constitución española de 1978 establece un modelo de Administración Pública que actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, repartiéndose el ejercicio de las competencias educativas entre todos los niveles administrativos. Las competencias educativas se distribuyen entre:

  • la Administración General del Estado (Ministerio de Educación y Formación Profesional),
  • las comunidades autónomas (Consejerías o Departamentos de Educación). En las ciudades de Ceuta y Melilla son asumidas por el propio ministerio,
  • las administraciones locales, cuyas funciones se centra en la gestión educativa a través de las Concejalías de Educación o de los Institutos Municipales de Educación,
  • los centros educativos también participan gracias a la autonomía que tienen tanto en lo pedagógico como en lo que respecta a la gestión económica de los recursos.

(https://educagob.educacionyfp.gob.es/comunidad-educativa/administraciones-educativas.html)

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