En relación a las enseñanzas de lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, se estará a lo dispuesto tanto en la Orden ECD/1172/2022 (artículo 61), para el caso de la ESO, como en la Orden ECD/1173/2022 (artículo 56), para el caso de Bachillerato.
Respecto al horario, y de acuerdo con lo establecido en las Órdenes mencionadas, la dedicación podrá ser de dos a tres periodos lectivos semanales, pudiendo el centro ampliar su horario lectivo
Son centros autorizados los incluidos en el Anexo I de la Orden ECD/685/2020, de 21 de julio, por la que se regula la participación en proyectos lingüísticos en lenguas propias de Aragón (aragonés y catalán de Aragón) de los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 3 de agosto). En estos centros se deberá asegurar que las familias han sido informadas de los derechos del alumnado respecto a las enseñanzas de las lenguas propias de Aragón.