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Educación Secundaria ObligatoriaEs una etapa educativa que constituye, junto con la Educación Primaria y los Ciclos Formativos de Grado Básico, la Educación Básica. Comprende cuatro cursos y se organiza en materias y en ámbitos. El cuarto curso tendrá carácter orientador, tanto para los estudios postobligatorios como para la incorporación a la vida laboral. | ||
Enseñanzas de régimen especialEl sistema educativo se estructura en enseñanzas de régimen general y en enseñanzas de régimen especial. Como enseñanzas de régimen especial se mencionan las enseñanzas artísticas, las enseñanzas de idiomas y las enseñanzas deportivas. (https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:1e5ece1b-5bb4-4cde-a410-0bb4baecb25c/sistema-educativo2010-11-pdf.pdf) | ||
Enseñanzas de régimen generalEl sistema educativo español se estructura en enseñanzas de régimen general y en enseñanzas de régimen especial. Se incluyen dentro de las primeras la educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria (que comprende la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional de grado medio), la formación profesional de grado superior y la educación universitaria. También están contempladas: la adecuación de estas enseñanzas al alumnado con necesidades educativas especiales, la educación a distancia para el alumnado que no puede asistir de modo regular a un centro docente y la educación de las personas adultas. (https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:1e5ece1b-5bb4-4cde-a410-0bb4baecb25c/sistema-educativo2010-11-pdf.pdf) | ||
Escolarización combinadaPosibilidad de que el alumnado con necesidades educativas especiales complemente su escolarización entre un centro ordinario y un centro o unidad de Educación Especial para el 2.º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. (Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio) | ||
Estándares de aprendizajeEspecificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria) | ||
Evaluación de diagnóstico en el segundo curso de la Educación Secundaria ObligatoriaEvalúa las competencias adquiridas por el alumnado, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias o tutores legales y para el conjunto de la comunidad educativa. De carácter censal, tendrá como marco de referencia el establecido en el artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. | |
Evaluación psicopedagógicaProceso interactivo, participativo, global y contextualizado que trasciende de un enfoque clínico y profundiza en la detección de necesidades desde un enfoque holístico, ofreciendo orientaciones útiles y precisas para el ajuste de la respuesta educativa. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre) | ||