1.7.7 ¿Qué duración tiene el derecho "sui generis" sobre las bases de datos?
El apartado 1 del artículo 136 de la Ley de propiedad intelectual fija la duración de este derecho en quince años a contar desde el momento en que se dé por concluido el proceso de fabricación de la base de datos, plazo que finalizará después del 1 de enero del año siguiente a la fecha en que haya terminado dicho proceso.
Incluido en este VIDEO (ir al minuto 2:39)
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Última modificación: Thursday, 17 de June de 2021, 22:57