Ahora bien, en este caso, donde solo hay comunicación pública (es decir, no hay una reproducción previa), porque lo que hacemos es enlazar a un contenido accesible a través de Internet, aunque demos acceso al público, a los estudiantes, no siempre hacemos comunicación pública en sentido legal, es decir, en los términos y con el alcance del artículo 20 de la Ley de Propiedad Intelectual.

Incluido en este VIDEO (ir al minuto 4:29)

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Última modificación: jueves, 17 de junio de 2021, 22:52