1.6.4 ¿Qué es una obra huérfana?
Hablamos de obras huérfanas cuando desconocemos quién es el titular de los derechos de explotación, que no tiene por qué ser el autor. La consideración de obra huérfana se mantiene si tras una búsqueda diligente ha sido imposible localizar al titular de los derechos. De este proceso pueden encargarse bibliotecas, archivos, museos accesibles al público u otras entidades de radiodifusión.
El R.D. 224/2016 sobre el régimen jurídico de las obras huérfanas explica el procedimiento a seguir para localizar al autor de una obra y si se considera que éste es ilocalizable, los usos que se pueden hacer de ella y cómo proceder en caso de que el autor sea posteriormente identificado.
Por su parte, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea mantiene una base de datos sobre obras huérfanas que se nutre de las aportaciones que bibliotecas, archivos, museos y otras instituciones localizan entre sus fondos o de las que desean hacer un uso para conservación y preservación.
Incluido en este VIDEO (ir al minuto 2:52)
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