2.4 ¿Es lícito facilitar a los estudiantes un libro escaneado o fotocopiado?
- Si el libro ha sido publicado bajo licencia CC o similar (copyleft) o si está ya bajo dominio público no hay problema.
- Si está protegido por derechos de copia ... no es lícito. Aunque se cite la fuente.
- Lo que sí es lícito es reproducir fragmentos de obras protegidas, por ejemplo en los “apuntes del profesor”; ya se dejen estos en reprografía o se cuelguen en moodle o cualquier otra plataforma virtual. Tal como se lee en la LPI: “Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico” [1].
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Incluido en este VIDEO (ir al minuto 4:25)
[1] Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Ministerio de Cultura, «BOE» núm. 97, de 22 de abril de 1996. Última modificación: 5 de noviembre de 2014. Referencia: BOE-A-1996-8930. TÍTULO III; Duración, límites y salvaguardia de otras disposiciones legales. CAPÍTULO II: Límites. Artículo 32. Citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de investigación científica. Disponible en: http://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930
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Última modificación: Friday, 18 de June de 2021, 07:58