Glosario en español
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C |
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Competencia plurilingüe (CP) | |||
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Implica utilizar distintas lenguas, orales o signadas, de
forma apropiada y eficaz para el aprendizaje y la comunicación así como reconocer y respetar los perfiles lingüísticos individuales y aprovechar las
experiencias propias para desarrollar estrategias que permitan mediar y hacer
transferencias entre lenguas, incluidas las clásicas, y, en su caso, mantener y adquirir
destrezas en la lengua o lenguas familiares y en las lenguas oficiales. Integra dimensiones históricas e interculturales orientadas a conocer, valorar y respetar la
diversidad lingüística y cultural de la sociedad con el objetivo de fomentar la convivencia
democrática. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencias clave | ||||
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desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Las competencias clave aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. | ||||
Competencias clave en la Educación Básica | |||
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Desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. Son las siguientes: – Competencia en comunicación lingüística. – Competencia plurilingüe. – Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería. – Competencia digital. – Competencia personal, social y de aprender a aprender. – Competencia ciudadana. – Competencia emprendedora. – Competencia en conciencia y expresión culturales. | |||
Competencias específicas | ||||
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desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación. | ||||
Competencias específicas | |||
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Desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Contenido(s) | ||||
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1. Conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. (RD 126/2014. Art. 2.1 ; Orden ECD 16/06/2014 Art. 4). 2. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado. (RD 126/2014. Art. 2.1 ; Orden ECD 16/06/2014 Art. 4). | ||||
Contenidos básicos | ||||
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enseñanzas mínimas en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación fijadas por el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación. También llamados aspectos básicos del currículo. | ||||
Criterios de evaluación | ||||
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referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje | ||||
Criterios de evaluación | ||||
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Establecen de manera objetiva y coherente las referencias para la evaluación del alumnado. Son el referente específico para evaluar el aprendizaje del
alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en
conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada
asignatura. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero) | ||||