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Actualmente ordenados Nombre descendente Ordenar por: Apellido(s) | Nombre
Área(s) de conocimiento | ||||
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Los aprendizajes de la etapa de la Educación Primaria se organizan en áreas de conocimiento, cuya finalidad consiste en que el alumnado alcance los objetivos educativos y desarrolle las competencias clave. El tratamiento de los contenidos mantendrá su carácter global e integrador. (Orden modificacion curriculo Primaria, Orden ECD/850/2016) | ||||
Criterios de evaluación | ||||
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Establecen de manera objetiva y coherente las referencias para la evaluación del alumnado. Son el referente específico para evaluar el aprendizaje del
alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en
conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada
asignatura. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero) | ||||
Estándares de aprendizaje | ||||
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Especificaciones de los criterios de evaluación
que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe
saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y
evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y
facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el
currículo básico de la Educación Primaria.) | ||||
Metodología didáctica | ||||
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Conjunto de estrategias, procedimientos y acciones
organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la
finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero) | ||||
Actuación(es) de intervención educativa | ||||
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Aquellas acciones educativas intencionadas, planificadas y evaluables, que se desarrollan en los centros docentes para dar respuesta a la diversidad del alumnado. (Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio). | ||||
Actuación(es) específica(s) de intervención educativa | ||||
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Las diferentes propuestas y modificaciones en los elementos que configuran las distintas enseñanzas, su organización, acceso y permanencia en el sistema educativo, para responder a la necesidad específica de apoyo educativo que presenta un alumno/a y de forma prolongada en el tiempo (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Actuación(es) general(es) de intervención educativa | ||||
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Las diferentes respuestas de carácter ordinario que, definidas por el centro de manera planificada se orientan a la promoción del aprendizaje y del desarrollo educativo de todo el alumnado (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Adaptación(es) curricular(es) no significativa(s) | ||||
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Adaptación(es) curricular(es) no significativa(s) / Adaptación(es) no significativa(s) del currículo: Adecuación de la programación didáctica y personalización de la respuesta educativa inclusiva, pudiendo contemplar: la priorización y la temporalización de los contenidos y competencias clave, el ajuste a los contenidos mínimos, la profundización de la programación, la adecuación de los criterios de calificación, pruebas, instrumentos, espacios y tiempos de la evaluación. (Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio). | ||||
Apoyo educativo | ||||
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Las diversas actuaciones, recursos y estrategias que aumentan la capacidad de los centros escolares para promover el desarrollo, el aprendizaje, los intereses y el bienestar personal de la totalidad del alumnado (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Atención a la diversidad (plan) | ||||
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Conjunto de actuaciones para proporcionar la respuesta más ajustada a las necesidades educativas de todo el alumnado (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Contenido(s) | ||||
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1. Conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. (RD 126/2014. Art. 2.1 ; Orden ECD 16/06/2014 Art. 4). 2. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado. (RD 126/2014. Art. 2.1 ; Orden ECD 16/06/2014 Art. 4). | ||||
Dificultad(es) específica(s) de aprendizaje (apoyo educativo por) | ||||
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Alumnado que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo
largo de toda ella, de actuaciones generales y/o específcas para responder a las necesidades derivadas de las siguientes condiciones de funcionamiento personales: derivadas de las siguientes condiciones de funcionamiento personal:
a) Trastornos específcos del aprendizaje matemático y/o de la lectura y/o de la expresión
escrita; b) Capacidad intelectual límite; c) Otros trastornos de la comunicación diferentes al Trastorno del lenguaje (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). La tipología de dificultades específicas de aprendizaje se define mediante el DSM-5. | ||||
Diseño Universal del Aprendizaje (DUA) | ||||
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Diseño Universal del Aprendizaje / Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA): Modelo que tiene como objetivo reformular la educación proporcionando un marco conceptual –junto con herramientas– que faciliten el análisis y evaluación de los diseños curriculares y las prácticas educativas, para identificar barreras al aprendizaje y promover propuestas de enseñanza inclusivas. (Alba, 2019, p. 58). | ||||
Educación inclusiva | ||||
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Proceso que permite abordar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los educandos a través de una mayor participación en el aprendizaje, las actividades culturales y comunitarias y reducir la exclusión dentro y fuera del sistema educativo. (UNESCO; Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio). | ||||
Educación permanente | ||||
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Educación permanente (a lo largo de la vida). FALTA | ||||
Evaluación psicopedagógica | ||||
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Proceso interactivo, participativo, global y contextualizado que trasciende de un enfoque clínico y profundiza en la detección de necesidades desde un enfoque holístico, ofreciendo orientaciones útiles y precisas para el ajuste de la respuesta educativa (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad específica de apoyo educativo (alumnado) | ||||
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Alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar para que pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado (Decreto 188/201/, de 28 de noviembre. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). | ||||
Necesidad(es) educativa(s) especial(es) (apoyo educativo por) | ||||
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Aquel alumnado que requiera por un periodo de sus escolarización, o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). La tipología de las necesidades educativas especiales se define mediante el DSM-5. | ||||
Necesidad(es) específica(s) por altas capacidades (apoyo educativo por) | ||||
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Actuaciones generales y/o específcas, para responder a las necesidades derivadas de un
funcionamiento personal caracterizado por la adquisición temprana de aprendizajes instrumentales, o unas aptitudes y habilidades cognitivas, generales o específcas, por encima de
lo esperado en su grupo de edad de referencia. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad(es) específica(s) por condiciones personales o de historia escolar (apoyo por) | ||||
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Aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, de actuaciones de intervención educativa inclusiva generales y/o
específcas para responder a las necesidades derivadas de alguna de las siguientes circunstancias: a) condiciones de salud, tanto física como emocional, que difculten de manera significativa la asistencia normalizada al centro docente y/o interfieran signifcativamente el
proceso de aprendizaje; b) adopción, acogimiento, protección, tutela o internamiento por medida judicial; c) desventaja socioeducativa derivada de cualquier circunstancia del contexto sociofamiliar del alumnado de carácter social, económico, cultural, geográfco,
étnico o de otra índole; d) escolarización irregular o absentismo escolar; e) alumnado deportista adscrito a programas de tecnifcación deportiva y de alto rendimiento; f) altas capacidades artísticas. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad(es) específica(s) por incorporación tardía al sistema educativo (apoyo por) | ||||
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Aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, de actuaciones generales y/o específcas para responder a las necesidades derivadas de acceder de forma tardía al sistema educativo español en las etapas correspondientes a la escolarización obligatoria o manifestar una competencia lingüística en
español inferior al nivel B1 del MCER o un desfase curricular signifcativo o riesgo de padecerlo. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad(es) específica(s) por TDAH (Apoyo educativo por) | ||||
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Actuaciones
generales y/o específcas para responder a las necesidades derivadas de un trastorno caracterizado por un patrón persistente de inatención y/o hiperactividad (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Orientación (educativa) | ||||
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Proceso continuo de apoyo y asesoramiento personal,
académico y profesional para que la totalidad del alumnado logre el mejor desarrollo de sus
competencias y tome decisiones de forma responsable. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Orientación y Acción Tutorial (Plan de) | ||||
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Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio. FALTA | ||||
Red integrada de orientación educativa | ||||
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Red organizada por los equipos de Orientación Educativa de Atención Temprana, Infantil y Primaria, Convivencia Escolar, Equipos Especializados de Orientación Educativa, los Departamentos de Orientación en Educación Secundaria, Centros de Educación Especial y en en Centros de Educación de Personas Adultas, y la Orientación en los centros privados concertados., así como cualesquiera otras estructuras de orientación cuya creación se considere necesaria
por parte del Departamento competente en materia educativa. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Respuesta educativa inclusiva | ||||
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Toda actuación que personalice la atención a todo el alumnado, fomentando la participación en el aprendizaje y reduciendo la exclusión dentro y fuera del sistema educativo (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Ámbito | ||||
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organización curricular que permite integrar los aprendizajes básicos de diversas materias e impartirlos de manera globalizada y conjunta, con lo cual se fomenta el desarrollo integral del alumnado.Deben respetar las competencias específicas, los criterios de evaluación y los saberes básicos de las materias que se integren en ellos. Son tres: el ámbito sociolingüístico, el Ámbito Científico Técnico y el Ámbito Social.(Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo) | ||||
Aprendizaje autónomo | ||||
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facultad para aprender por uno/a mismo/a usando los mecanismos necesarios para un correcto aprendizaje. | ||||
Aprendizaje competencial | ||||
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modelo de aprendizaje basado en la aplicación de los conocimientos de distintos ámbitos. Las distintas actuaciones que se desencadenan en el proceso creativo implican la intervención de conocimientos propios de una materia que se integran con otros. | ||||
Aprendizaje reflexivo | ||||
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tipo de aprendizaje donde se plantea y da solución a situaciones de aprendizajea partir de experiencias previas, culturales y sociales. Junto con nuevo conocimiento, dichas experiencias desarrollarán habilidades metacognitivas de alto impacto | ||||
Aprendizaje significativo | ||||
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tipo de aprendizaje en el que el/la estudiante utiliza sus conocimientos previos para adquirir conocimientos nuevos. Por lo tanto, se trata de un proceso en el que el/la estudiante, mediante una participación activa, consigue adquirir y retener conocimientos nuevos de manera más efectiva. | ||||
Atención a la diversidad | ||||
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medidas orientadas a facilitar la consecución de los objetivos de la etapa a todo el alumnado; entre estas medidas destaca la recuperación de los programas de diversificación curricular, previstos para el alumnado que se estime que puede beneficiarse de una metodología específica para la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. | ||||
Ciudadanía activa | ||||
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es el ejercicio en la construcción de sociedades más equitativas, más democráticas y más responsables en relación a los grandes desafíos que como humanidad tenemos planteados: la sostenibilidad del planeta y la erradicación de las infinitas violencias y de las crecientes desigualdades. Supone la responsabilidad ética y ecosocial y la participación en proyectos comunitarios. | ||||
Ciudadanía democrática | ||||
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ejercicio responsable desde un compromiso ético personal, libre y fundamentado con determinados principios y valores de la moral individual y colectiva que representa la ética filosófica. Estos son los valores que permiten al alumnado tomar conciencia de su identidad personal y cultural, afrontar cuestiones éticas fundamentales y adoptar una actitud consecuente con el carácter interconectado y ecodependiente de su vida en relación con el entorno; todo ello con el objeto de poder apreciar y aplicar con autonomía de criterio aquellas normas y valores que rigen la convivencia en una sociedad libre, plural, justa y pacífica. | ||||
Ciudadanía digital crítica | ||||
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ciudadanía activa en la red mediante la participación proactiva en actividades en línea. El conocimiento necesario para garantizar el correcto aprovechamiento de la tecnología desde la conciencia al alumnado de la brecha social de acceso y uso para diversos colectivos y del impacto ecosocial de las mismas. | ||||
Competencias clave | ||||
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desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Las competencias clave aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. | ||||
Competencias específicas | ||||
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desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación. | ||||
Contenidos básicos | ||||
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enseñanzas mínimas en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación fijadas por el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación. También llamados aspectos básicos del currículo. | ||||
Criterios de evaluación | ||||
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referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje | ||||
Currículo | ||||
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conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria. | ||||
Diversificación curricular | ||||
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medidas orientadas a la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por parte de quienes presenten dificultades relevantes de aprendizaje tras haber recibido, en su caso, medidas de apoyo en el primero o segundo curso de esta etapa, o a quienes la medida de atención a la diversidad les sea favorable para la obtención del título. Se concretan específicamente en los Programas de diversificación curricular. | ||||
Evaluación de diagnóstico | ||||
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valoración que deberán realizar los centros en el segundo curso de la etapa sobre las competencias adquiridas por alumnado (conforme a lo establecido en el artículo 144.1). Esta evaluación, responsabilidad de las administraciones educativas, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el alumnado y su familia y para el conjunto de la comunidad educativa. | ||||
Formación integral | ||||
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proceso de enseñanza-aprendizaje que engloba la esfera personal, emocional e intelectual y social y afectiva y está centrado en el desarrollo de las competencias. | ||||
Inclusión educativa | ||||
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principio fundamental para atender a la diversidad de las necesidades del alumnado | ||||
Objetivos | ||||
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logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave | ||||
Saberes básicos | ||||
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conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas | ||||
Situación de aprendizaje | ||||
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situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas. | ||||
Competencia clave en comunicación lingüística (CCL) | |||
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Supone interactuar de forma oral,
escrita, signada o multimodal de manera coherente y adecuada en diferentes ámbitos y
contextos y con diferentes propósitos comunicativos movilizando el conjunto de conocimientos, destrezas y actitudes que permiten comprender, interpretar y valorar críticamente mensajes orales, escritos, signados o
multimodales y comunicarse eficazmente con otras personas de manera cooperativa, creativa, ética y
respetuosa.
Constituye la base para el pensamiento
propio y para la construcción del conocimiento en todos los ámbitos del saber. Su desarrollo está vinculado a la reflexión explícita acerca del funcionamiento de la
lengua en los géneros discursivos específicos de cada área de conocimiento, así como a
los usos de la oralidad, la escritura o la signación. Hace posible apreciar la dimensión estética del lenguaje y disfrutar de la cultura
literaria. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería (STEM) | |||
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Entraña la comprensión del mundo utilizando los métodos científicos, el pensamiento y representación matemáticos, la tecnología y los métodos de la ingeniería para transformar el entorno de forma comprometida, responsable y sostenible. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencia plurilingüe (CP) | |||
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Implica utilizar distintas lenguas, orales o signadas, de
forma apropiada y eficaz para el aprendizaje y la comunicación así como reconocer y respetar los perfiles lingüísticos individuales y aprovechar las
experiencias propias para desarrollar estrategias que permitan mediar y hacer
transferencias entre lenguas, incluidas las clásicas, y, en su caso, mantener y adquirir
destrezas en la lengua o lenguas familiares y en las lenguas oficiales. Integra dimensiones históricas e interculturales orientadas a conocer, valorar y respetar la
diversidad lingüística y cultural de la sociedad con el objetivo de fomentar la convivencia
democrática. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencias clave en la Educación Básica | |||
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Desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. Son las siguientes: – Competencia en comunicación lingüística. – Competencia plurilingüe. – Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería. – Competencia digital. – Competencia personal, social y de aprender a aprender. – Competencia ciudadana. – Competencia emprendedora. – Competencia en conciencia y expresión culturales. | |||
Competencias específicas | |||
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Desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Criterios de evaluación | |||
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Referentes que indican los niveles de desempeño
esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las
competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su
proceso de aprendizaje. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria | |||
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Conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Descriptores operativos de las Competencias clave en la enseñanza básica | |||
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En Educación Secundaria Obligatoria constituyen, junto con los
objetivos de la etapa, el marco referencial a partir del cual se concretan las competencias
específicas de cada área, ámbito o materia y orientan
sobre el nivel de desempeño esperado al completar la Educación Primaria, favoreciendo
y explicitando así la continuidad, la coherencia y la cohesión entre las dos etapas que
componen la enseñanza obligatoria. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Educación Secundaria Obligatoria | |||
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Es una etapa educativa que constituye,
junto con la Educación Primaria y los Ciclos Formativos de Grado Básico, la Educación
Básica.
Comprende cuatro cursos y se organiza en materias y en ámbitos. El cuarto curso tendrá carácter orientador, tanto para los estudios
postobligatorios como para la incorporación a la vida laboral. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Evaluación de diagnóstico en el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria | |||
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Evalúa las competencias adquiridas por el alumnado, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias o tutores legales y para el conjunto de la comunidad educativa. De carácter censal, tendrá como marco de referencia el establecido en el artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Objetivos | |||
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Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la
etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica | |||
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Es la herramienta
en la que se concretan los principios y los fines del sistema educativo español referidos a
dicho periodo. Identifica y define, en conexión con los retos del siglo XXI, las
competencias clave que se espera que los alumnos y alumnas hayan desarrollado, es único y el mismo para todo el territorio nacional. Se concibe como el elemento que debe fundamentar las decisiones curriculares y de promoción, así como las
estrategias y las orientaciones metodológicas en la práctica lectiva. Debe ser, además, el
referente del aprendizaje permanente y de la obtención del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Saberes básicos | |||
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Conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los
contenidos propios de una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la
adquisición de las competencias específicas. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Situaciones de aprendizaje | |||
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Situaciones y actividades que implican el despliegue
por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias
específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||