Glosario en español
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Respuesta educativa inclusiva | ||||
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Toda actuación que personalice la atención a todo el alumnado, fomentando la participación en el aprendizaje y reduciendo la exclusión dentro y fuera del sistema educativo (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Atención a la diversidad (plan) | ||||
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Conjunto de actuaciones para proporcionar la respuesta más ajustada a las necesidades educativas de todo el alumnado (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Actuación(es) general(es) de intervención educativa | ||||
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Las diferentes respuestas de carácter ordinario que, definidas por el centro de manera planificada se orientan a la promoción del aprendizaje y del desarrollo educativo de todo el alumnado (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Actuación(es) específica(s) de intervención educativa | ||||
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Las diferentes propuestas y modificaciones en los elementos que configuran las distintas enseñanzas, su organización, acceso y permanencia en el sistema educativo, para responder a la necesidad específica de apoyo educativo que presenta un alumno/a y de forma prolongada en el tiempo (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Evaluación psicopedagógica | ||||
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Proceso interactivo, participativo, global y contextualizado que trasciende de un enfoque clínico y profundiza en la detección de necesidades desde un enfoque holístico, ofreciendo orientaciones útiles y precisas para el ajuste de la respuesta educativa (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Apoyo educativo | ||||
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Las diversas actuaciones, recursos y estrategias que aumentan la capacidad de los centros escolares para promover el desarrollo, el aprendizaje, los intereses y el bienestar personal de la totalidad del alumnado (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad específica de apoyo educativo (alumnado) | ||||
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Alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar para que pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado (Decreto 188/201/, de 28 de noviembre. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). | ||||
Necesidad(es) educativa(s) especial(es) (apoyo educativo por) | ||||
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Aquel alumnado que requiera por un periodo de sus escolarización, o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). La tipología de las necesidades educativas especiales se define mediante el DSM-5. | ||||
Dificultad(es) específica(s) de aprendizaje (apoyo educativo por) | ||||
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Alumnado que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo
largo de toda ella, de actuaciones generales y/o específcas para responder a las necesidades derivadas de las siguientes condiciones de funcionamiento personales: derivadas de las siguientes condiciones de funcionamiento personal:
a) Trastornos específcos del aprendizaje matemático y/o de la lectura y/o de la expresión
escrita; b) Capacidad intelectual límite; c) Otros trastornos de la comunicación diferentes al Trastorno del lenguaje (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). La tipología de dificultades específicas de aprendizaje se define mediante el DSM-5. | ||||
Necesidad(es) específica(s) por TDAH (Apoyo educativo por) | ||||
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Actuaciones
generales y/o específcas para responder a las necesidades derivadas de un trastorno caracterizado por un patrón persistente de inatención y/o hiperactividad (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad(es) específica(s) por altas capacidades (apoyo educativo por) | ||||
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Actuaciones generales y/o específcas, para responder a las necesidades derivadas de un
funcionamiento personal caracterizado por la adquisición temprana de aprendizajes instrumentales, o unas aptitudes y habilidades cognitivas, generales o específcas, por encima de
lo esperado en su grupo de edad de referencia. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad(es) específica(s) por incorporación tardía al sistema educativo (apoyo por) | ||||
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Aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, de actuaciones generales y/o específcas para responder a las necesidades derivadas de acceder de forma tardía al sistema educativo español en las etapas correspondientes a la escolarización obligatoria o manifestar una competencia lingüística en
español inferior al nivel B1 del MCER o un desfase curricular signifcativo o riesgo de padecerlo. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Necesidad(es) específica(s) por condiciones personales o de historia escolar (apoyo por) | ||||
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Aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, de actuaciones de intervención educativa inclusiva generales y/o
específcas para responder a las necesidades derivadas de alguna de las siguientes circunstancias: a) condiciones de salud, tanto física como emocional, que difculten de manera significativa la asistencia normalizada al centro docente y/o interfieran signifcativamente el
proceso de aprendizaje; b) adopción, acogimiento, protección, tutela o internamiento por medida judicial; c) desventaja socioeducativa derivada de cualquier circunstancia del contexto sociofamiliar del alumnado de carácter social, económico, cultural, geográfco,
étnico o de otra índole; d) escolarización irregular o absentismo escolar; e) alumnado deportista adscrito a programas de tecnifcación deportiva y de alto rendimiento; f) altas capacidades artísticas. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Orientación (educativa) | ||||
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Proceso continuo de apoyo y asesoramiento personal,
académico y profesional para que la totalidad del alumnado logre el mejor desarrollo de sus
competencias y tome decisiones de forma responsable. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Red integrada de orientación educativa | ||||
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Red organizada por los equipos de Orientación Educativa de Atención Temprana, Infantil y Primaria, Convivencia Escolar, Equipos Especializados de Orientación Educativa, los Departamentos de Orientación en Educación Secundaria, Centros de Educación Especial y en en Centros de Educación de Personas Adultas, y la Orientación en los centros privados concertados., así como cualesquiera otras estructuras de orientación cuya creación se considere necesaria
por parte del Departamento competente en materia educativa. (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre). | ||||
Educación inclusiva | ||||
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Proceso que permite abordar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los educandos a través de una mayor participación en el aprendizaje, las actividades culturales y comunitarias y reducir la exclusión dentro y fuera del sistema educativo. (UNESCO; Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio). | ||||
Actuación(es) de intervención educativa | ||||
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Aquellas acciones educativas intencionadas, planificadas y evaluables, que se desarrollan en los centros docentes para dar respuesta a la diversidad del alumnado. (Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio). | ||||
Educación permanente | ||||
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Educación permanente (a lo largo de la vida). FALTA | ||||
Orientación y Acción Tutorial (Plan de) | ||||
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Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio. FALTA | ||||
Diseño Universal del Aprendizaje (DUA) | ||||
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Diseño Universal del Aprendizaje / Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA): Modelo que tiene como objetivo reformular la educación proporcionando un marco conceptual –junto con herramientas– que faciliten el análisis y evaluación de los diseños curriculares y las prácticas educativas, para identificar barreras al aprendizaje y promover propuestas de enseñanza inclusivas. (Alba, 2019, p. 58). | ||||
Adaptación(es) curricular(es) no significativa(s) | ||||
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Adaptación(es) curricular(es) no significativa(s) / Adaptación(es) no significativa(s) del currículo: Adecuación de la programación didáctica y personalización de la respuesta educativa inclusiva, pudiendo contemplar: la priorización y la temporalización de los contenidos y competencias clave, el ajuste a los contenidos mínimos, la profundización de la programación, la adecuación de los criterios de calificación, pruebas, instrumentos, espacios y tiempos de la evaluación. (Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio). | ||||
Situaciones de aprendizaje | |||
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Situaciones y actividades que implican el despliegue
por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias
específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Ámbito | ||||
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organización curricular que permite integrar los aprendizajes básicos de diversas materias e impartirlos de manera globalizada y conjunta, con lo cual se fomenta el desarrollo integral del alumnado.Deben respetar las competencias específicas, los criterios de evaluación y los saberes básicos de las materias que se integren en ellos. Son tres: el ámbito sociolingüístico, el Ámbito Científico Técnico y el Ámbito Social.(Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo) | ||||
Aprendizaje competencial | ||||
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modelo de aprendizaje basado en la aplicación de los conocimientos de distintos ámbitos. Las distintas actuaciones que se desencadenan en el proceso creativo implican la intervención de conocimientos propios de una materia que se integran con otros. | ||||
Aprendizaje autónomo | ||||
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facultad para aprender por uno/a mismo/a usando los mecanismos necesarios para un correcto aprendizaje. | ||||
Aprendizaje significativo | ||||
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tipo de aprendizaje en el que el/la estudiante utiliza sus conocimientos previos para adquirir conocimientos nuevos. Por lo tanto, se trata de un proceso en el que el/la estudiante, mediante una participación activa, consigue adquirir y retener conocimientos nuevos de manera más efectiva. | ||||
Aprendizaje reflexivo | ||||
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tipo de aprendizaje donde se plantea y da solución a situaciones de aprendizajea partir de experiencias previas, culturales y sociales. Junto con nuevo conocimiento, dichas experiencias desarrollarán habilidades metacognitivas de alto impacto | ||||
Atención a la diversidad | ||||
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medidas orientadas a facilitar la consecución de los objetivos de la etapa a todo el alumnado; entre estas medidas destaca la recuperación de los programas de diversificación curricular, previstos para el alumnado que se estime que puede beneficiarse de una metodología específica para la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. | ||||
Ciudadanía activa | ||||
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es el ejercicio en la construcción de sociedades más equitativas, más democráticas y más responsables en relación a los grandes desafíos que como humanidad tenemos planteados: la sostenibilidad del planeta y la erradicación de las infinitas violencias y de las crecientes desigualdades. Supone la responsabilidad ética y ecosocial y la participación en proyectos comunitarios. | ||||
Ciudadanía democrática | ||||
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ejercicio responsable desde un compromiso ético personal, libre y fundamentado con determinados principios y valores de la moral individual y colectiva que representa la ética filosófica. Estos son los valores que permiten al alumnado tomar conciencia de su identidad personal y cultural, afrontar cuestiones éticas fundamentales y adoptar una actitud consecuente con el carácter interconectado y ecodependiente de su vida en relación con el entorno; todo ello con el objeto de poder apreciar y aplicar con autonomía de criterio aquellas normas y valores que rigen la convivencia en una sociedad libre, plural, justa y pacífica. | ||||
Ciudadanía digital crítica | ||||
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ciudadanía activa en la red mediante la participación proactiva en actividades en línea. El conocimiento necesario para garantizar el correcto aprovechamiento de la tecnología desde la conciencia al alumnado de la brecha social de acceso y uso para diversos colectivos y del impacto ecosocial de las mismas. | ||||
Competencias clave | ||||
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desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Las competencias clave aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. | ||||
Competencias específicas | ||||
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desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación. | ||||
Contenidos básicos | ||||
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enseñanzas mínimas en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación fijadas por el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación. También llamados aspectos básicos del currículo. | ||||
Criterios de evaluación | ||||
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referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje | ||||
Currículo | ||||
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conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria. | ||||
Diversificación curricular | ||||
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medidas orientadas a la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por parte de quienes presenten dificultades relevantes de aprendizaje tras haber recibido, en su caso, medidas de apoyo en el primero o segundo curso de esta etapa, o a quienes la medida de atención a la diversidad les sea favorable para la obtención del título. Se concretan específicamente en los Programas de diversificación curricular. | ||||
Objetivos | ||||
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logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave | ||||
Saberes básicos | ||||
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conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas | ||||
Situación de aprendizaje | ||||
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situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas. | ||||
Evaluación de diagnóstico | ||||
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valoración que deberán realizar los centros en el segundo curso de la etapa sobre las competencias adquiridas por alumnado (conforme a lo establecido en el artículo 144.1). Esta evaluación, responsabilidad de las administraciones educativas, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el alumnado y su familia y para el conjunto de la comunidad educativa. | ||||
Formación integral | ||||
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proceso de enseñanza-aprendizaje que engloba la esfera personal, emocional e intelectual y social y afectiva y está centrado en el desarrollo de las competencias. | ||||
Inclusión educativa | ||||
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principio fundamental para atender a la diversidad de las necesidades del alumnado | ||||
Enseñanzas de régimen general | ||||
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El sistema educativo español se estructura en enseñanzas de régimen general y en enseñanzas de régimen especial. Se incluyen dentro de las primeras la educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria (que comprende la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional de grado medio), la formación profesional de grado superior y la educación universitaria. También están contempladas: la adecuación de estas enseñanzas al alumnado con necesidades educativas especiales, la educación a distancia para el alumnado que no puede asistir de modo regular a un centro docente y la educación de las personas adultas. (https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:1e5ece1b-5bb4-4cde-a410-0bb4baecb25c/sistema-educativo2010-11-pdf.pdf). | ||||
Enseñanzas de régimen especial | ||||
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El sistema educativo se estructura en enseñanzas de régimen general y en enseñanzas de régimen especial. Como enseñanzas de régimen especial se mencionan las enseñanzas artísticas, las enseñanzas de idiomas y las enseñanzas deportivas. (https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:1e5ece1b-5bb4-4cde-a410-0bb4baecb25c/sistema-educativo2010-11-pdf.pdf). | ||||
Programación didáctica | ||||
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La programación didáctica explicita el plan de actuación de un departamento didáctico o de un equipo de ciclo durante un tiempo determinado y permite anticipar, sistematizar, evaluar y revisar los procesos de enseñanza, de aprendizaje y de evaluación. Asimismo, posibilita la coherencia pedagógica y la coordinación, aspectos imprescindibles en un modelo educativo que tiene como referente el aprendizaje competencial, tanto para asegurar su desarrollo a lo largo de los cursos como por el hecho de que su adquisición va ligada a la transferencia de aprendizajes de un área o materia a otra y es responsabilidad compartida de todo el equipo docente de grupo. A través de su diseño podremos planificar la actividad docente en coherencia con todas las decisiones tomadas en el proyecto educativo (adecuación de los objetivos de etapa al centro y su relación con las competencias, contribución del centro al desarrollo de cada competencia a través de sus planes y programas, actividades complementarias y extraescolares, gestión de los espacios y recursos, enfoque metodológico, etc.) y concretarlas anualmente en los diversos ámbitos de la vida del centro (organizativo, pedagógico, profesional y social), a través de la programación general anual. (https://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/ecoescuela/proideac/funcionalidad/programacion-didactica/). | ||||
Administraciones educativas | ||||
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La Constitución española de 1978 establece un modelo de Administración Pública que actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, repartiéndose el ejercicio de las competencias educativas entre todos los niveles administrativos. Las competencias educativas se distribuyen entre:
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Nivel básico | ||||
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Las Enseñanzas de Idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2. (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, art. 59). El nivel Básico tiene como finalidad principal capacitar al alumnado para utilizar el idioma de manera elemental, receptiva y productivamente, tanto de forma hablada como escrita, en situaciones cotidianas y de inmediata necesidad que requieran comprender, producir y coproducir textos breves, en lengua estándar y un registro neutro, que versen sobre aspectos básicos de temas cotidianos o de interés personal y que contengan expresiones, léxico y estructuras de uso frecuente. Las enseñanzas de nivel Básico, que se corresponden con el nivel A del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se subdividen en los niveles Básico A1 y Básico A2. Cada uno de estos niveles tendrá una duración de un curso de 120 horas lectivas para todos los idiomas implantados en la Comunidad Autónoma de Aragón. Las enseñanzas de Nivel Básico A1 tienen por objeto capacitar al alumnado para desenvolverse en lengua estándar en situaciones cotidianas o de inmediata necesidad que versensobre aspectos básicos concretos y que contengan expresiones, léxico y estructuras de uso muy frecuente, tanto cara a cara como a través de medios técnicos. A este fin, el alumnado debe adquirir las competencias que le permitan utilizar el idioma de forma muy limitada en situaciones muy habituales y en diversos ámbitos, para producir, coproducir y procesar textos orales y escritos muy breves que versen sobre aspectos personales o cotidianos, y que contengan estructuras muy sencillas y un repertorio léxico limitado, en una variedad estándar de la lengua. Las enseñanzas de Nivel Básico A2 tienen por objeto capacitar al alumnado para desenvolverse en situaciones cotidianas en lengua estándar, que versen sobre aspectos básicos concretos de temas generales y que contengan expresiones, léxico y estructuras de uso frecuente, tanto cara a cara como a través de medios técnicos. A este fin, el alumnado debe adquirir las competencias que le permitan utilizar el idioma de forma sencilla en situaciones cotidianas y habituales y en diversos ámbitos, para producir, coproducir y procesar textos orales y escritos breves que versen sobre aspectos personales o cotidianos, y que contengan estructuras sencillas y un repertorio léxico común, en una variedad estándar de la lengua. (ORDEN ECD/1340/2018, de 24 de julio, por la que se establece la organización y el currículo de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón). | ||||
Nivel intermedio | ||||
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Las Enseñanzas de Idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2. (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, art. 59). El nivel Intermedio tiene como finalidad capacitar al alumnado parra usar el idioma de manera independiente, tanto a nivel receptivo como productivo y coproductivo, con suficiente soltura y flexibilidad, en situaciones habituales y más específicas que requieran comprender, producir y procesar textos orales y escritos en una variedad de lengua estándar, con un amplio repertorio léxico, aunque no muy idiomático, y que versen sobre temas cotidianos, generales o dentro de su campo de especialización. Las enseñanzas del nivel Intermedio, que se corresponden con el nivel B del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se subdividen en los niveles Intermedio B1 e Intermedio B2.Las enseñanzas del nivel Intermedio B1 se organizarán en un curso de 120 horas lectivas para todos los idiomas implantados en la Comunidad Autónoma de Aragón, a excepción de los idiomas chino y ruso, para los que el nivel Intermedio B1 tendrá una duración de dos cursos de 120 horas lectivas cada uno.Las enseñanzas de nivel Intermedio B2 tendrán una duración de dos cursos de 120 horas lectivas cada uno para todos los idiomas implantados en la Comunidad Autónoma de Aragón. Las enseñanzas de Nivel Intermedio B1 tienen por objeto capacitar al alumnado para desenvolverse en la mayoría de las situaciones que pueden surgir cuando viaja por lugares en los que se utiliza el idioma; en el establecimiento y mantenimiento de relaciones personales y sociales con usuarios de otras lenguas, tanto cara a cara como a través de medios técnicos; y en entornos educativos y ocupacionales en los que se producen sencillos intercambios de carácter factual. A este fin, el alumnado deberá adquirir las competencias que le permitan utilizar el idioma con cierta flexibilidad, relativa facilidad y razonable corrección en situaciones cotidianas y menos habituales en los ámbitos personal, público, educativo y ocupacional, para comprender, producir, coproducir y procesar textos orales y escritos breves o de extensión media, en un registro formal, informal o neutro y en una variedad estándar de la lengua, que versen sobre asuntos personales y cotidianos o aspectos concretos de temas generales, de actualidad o de interés personal, y que contengan estructuras sencillas y un repertorio léxico común no muy idiomático. Las enseñanzas de Nivel Intermedio B2 tienen por objeto capacitar al alumnado para vivir de manera independiente en lugares en los que se utiliza el idioma; desarrollar relaciones personales y sociales, tanto cara a cara como a distancia a través de medios técnicos, con usuarios de otras lenguas; estudiar en un entorno educativo pre-terciario, o actuar con la debida eficacia en un entorno ocupacional en situaciones que requieran la cooperación y la negociación sobre asuntos de carácter habitual en dicho entorno. Para ello el alumnado deberá adquirir las competencias que le permitan utilizar el idioma, con suficiente fluidez y naturalidad de modo que la comunicación se realice sin esfuerzo, en situaciones tanto habituales como más específicas y de mayor complejidad, para comprender, producir, coproducir y procesar textos orales y escritos sobre aspectos, tanto abstractos como concretos, de temas generales o del propio interés o campo de especialización, en una variedad de registros, estilos y acentos estándar, y con un lenguaje que contenga estructuras variadas y complejas, y un repertorio léxico que incluya expresiones idiomáticas de uso común, que permitan apreciar y expresar diversos matices de significado. (ORDEN ECD/1340/2018, de 24 de julio, por la que se establece la organización y el currículo de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón). | ||||
Nivel avanzado | ||||
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Las Enseñanzas de Idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2. (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, art. 59). El nivel avanzado tiene como finalidad capacitar al alumnado para utilizar el idioma de manera competente, tanto a nivel receptivo como productivo y coproductivo, con gran fluidez y dominio, y con un grado de precisión y complejidad que le permita procesar una amplia variedad de textos diferenciando pequeños matices de significado y haciendo un uso efectivo del idioma con fines sociales, académicos y profesionales, en cualquier registro y variedad de la lengua. Las enseñanzas de nivel Avanzado, que se corresponden con el nivel C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se subdividen en los niveles Avanzado C1 y Avanzado C2 Las enseñanzas de nivel Avanzado C1 tendrán una duración de dos cursos de 120 horas lectivas cada uno para todos los idiomas implantados en la Comunidad Autónoma de Aragón Las enseñanzas del nivel Avanzado C2 tendrán una duración de un curso de 120 horas lectivas para todos los idiomas implantados en la Comunidad Autónoma de Aragón, a excepción de los idiomas chino y ruso, para los que el nivel Avanzado C2 tendrá una duración de dos cursos de 120 horas lectivas cada uno. Las enseñanzas de Nivel Avanzado C1 tienen por objeto capacitar al alumnado para actuar con flexibilidad y precisión, sin esfuerzo aparente y superando fácilmente las carencias lingüísticas mediante estrategias de compensación, en todo tipo de situaciones en los ámbitos personal y público, para realizar estudios a nivel terciario o participar con seguridad en seminarios o en proyectos de investigación complejos en el ámbito académico, o comunicarse eficazmente en actividades específicas en el entorno profesional. Para ello, el alumnado deberá adquirir las competencias que le permitan utilizar el idioma con gran facilidad, flexibilidad, eficacia y precisión para comprender, producir, coproducir y procesar una amplia gama de textos orales y escritos extensos y estructuralmente complejos, precisos y detallados, sobre aspectos tanto abstractos como concretos de temas de carácter general o especializado, incluso fuera del propio campo de especialización, en diversas variedades de la lengua, y con estructuras variadas y complejas y un amplio repertorio léxico que incluya expresiones especializadas, idiomáticas y coloquiales y que permita apreciar y expresar sutiles matices de significado. Las enseñanzas de Nivel Avanzado C2 tienen por objeto capacitar al alumnado para comunicarse sin ninguna dificultad, y con un grado de calidad como puede observarse en un hablante culto, en situaciones de alta complejidad en los ámbitos personal, público, académico y profesional, entre otras cursar estudios al más alto nivel, incluidos programas de posgrado y doctorado, o participar activamente y con soltura en la vida académica (tutorías, seminarios, conferencias internacionales); liderar equipos interdisciplinares en proyectos complejos y exigentes o negociar y persuadir con eficacia a nivel de alta dirección en entornos profesionales internacionales. Para ello, el alumnado deberá adquirir las competencias que le permitan utilizar el idioma con total naturalidad para participar en todo tipo de situaciones, en los ámbitos personal, público, académico y profesional, que requieran comprender, producir, coproducir y procesar una amplia gama de textos orales y escritos extensos y complejos, que versen sobre temas tanto abstractos como concretos de carácter general y especializado, tanto fuera como dentro del propio campo de especialización, en una gran variedad de acentos, registros y estilos, y con un rico repertorio léxico y estructural que incluya expresiones idiomáticas, coloquiales, regionales y especializadas y permita apreciar y expresar sutiles matices de significado. (ORDEN ECD/1340/2018, de 24 de julio, por la que se establece la organización y el currículo de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón). | ||||
Cursos de competencia general | ||||
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Los cursos de competencia general incluyen de forma integrada todas las actividades de lengua incluidas en el correspondiente currículo. (ORDEN ECD/1340/2018, de 24 de julio, por la que se establece la organización y el currículo de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón). Los cursos de competencia general incluyen de forma integrada las actividades de comprensión de textos orales, comprensión de textos escritos, producción y coproducción de textos orales y producción y coproducción de textos escritos (todos los niveles) y mediación (niveles intermedio y avanzado). (https://eoisabi.org/plan-de-estudios/) | ||||
Cursos de competencia parcial | ||||
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Los cursos de competencia parcial corresponden a una o más de dichas actividades de lengua. (ORDEN ECD/1340/2018, de 24 de julio, por la que se establece la organización y el currículo de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón). Estos cursos de competencia parcial o actividades de lengua (AL) permiten estudiar y certificar por "destrezas, competencias individuales", por actividades de lengua. (https://www.murciaeduca.es/eoicartagena/sitio/index.cgi?wid_seccion=22&wid_item=196). | ||||
Competencias | ||||
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El proyecto Definición y Selección de competencias, de la OCDE, DeSeCo (2003), define competencia como «la capacidad de responder a demandas complejas y llevar a cabo tareas diversas de forma adecuada». La competencia «supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz». Se contemplan, pues, como conocimiento en la práctica, es decir, un conocimiento adquirido a través de la participación activa en prácticas sociales y, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales. Las competencias, por tanto, se conceptualizan como un «saber hacer» que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales. Para que la transferencia a distintos contextos sea posible resulta indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias y la vinculación de este con las habilidades prácticas o destrezas que las integran. (Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria y el bachillerato). | ||||
Criterios de evaluación | ||||
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Establecen de manera objetiva y coherente las referencias para la evaluación del alumnado. Son el referente específico para evaluar el aprendizaje del
alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en
conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada
asignatura. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero) | ||||
Área(s) de conocimiento | ||||
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Los aprendizajes de la etapa de la Educación Primaria se organizan en áreas de conocimiento, cuya finalidad consiste en que el alumnado alcance los objetivos educativos y desarrolle las competencias clave. El tratamiento de los contenidos mantendrá su carácter global e integrador. (Orden modificacion curriculo Primaria, Orden ECD/850/2016) | ||||
Estándares de aprendizaje | ||||
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Especificaciones de los criterios de evaluación
que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe
saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y
evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y
facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el
currículo básico de la Educación Primaria.) | ||||
Metodología didáctica | ||||
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Conjunto de estrategias, procedimientos y acciones
organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la
finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados. (Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero) | ||||
Acta(s) de evaluación | ||||
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Las actas de evaluación reflejarán los resultados de la evaluación de las áreas de conocimiento del curso. Éstas incluirán también la decisión sobre la promoción ola permanencia de un año más en el curso, de acuerdo con las normas establecidas y del nivel de adquisición de las competencias clave. (Orden de 21 de diciembre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación en Educación Primaria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón) | ||||
Objetivos | |||
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Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la
etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencias clave en la Educación Básica | |||
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Desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. Son las siguientes: – Competencia en comunicación lingüística. – Competencia plurilingüe. – Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería. – Competencia digital. – Competencia personal, social y de aprender a aprender. – Competencia ciudadana. – Competencia emprendedora. – Competencia en conciencia y expresión culturales. | |||
Competencias específicas | |||
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Desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Criterios de evaluación | |||
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Referentes que indican los niveles de desempeño
esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las
competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su
proceso de aprendizaje. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Saberes básicos | |||
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Conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los
contenidos propios de una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la
adquisición de las competencias específicas. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Educación Secundaria Obligatoria | |||
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Es una etapa educativa que constituye,
junto con la Educación Primaria y los Ciclos Formativos de Grado Básico, la Educación
Básica.
Comprende cuatro cursos y se organiza en materias y en ámbitos. El cuarto curso tendrá carácter orientador, tanto para los estudios
postobligatorios como para la incorporación a la vida laboral. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria | |||
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Conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Evaluación de diagnóstico en el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria | |||
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Evalúa las competencias adquiridas por el alumnado, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias o tutores legales y para el conjunto de la comunidad educativa. De carácter censal, tendrá como marco de referencia el establecido en el artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica | |||
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Es la herramienta
en la que se concretan los principios y los fines del sistema educativo español referidos a
dicho periodo. Identifica y define, en conexión con los retos del siglo XXI, las
competencias clave que se espera que los alumnos y alumnas hayan desarrollado, es único y el mismo para todo el territorio nacional. Se concibe como el elemento que debe fundamentar las decisiones curriculares y de promoción, así como las
estrategias y las orientaciones metodológicas en la práctica lectiva. Debe ser, además, el
referente del aprendizaje permanente y de la obtención del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Descriptores operativos de las Competencias clave en la enseñanza básica | |||
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En Educación Secundaria Obligatoria constituyen, junto con los
objetivos de la etapa, el marco referencial a partir del cual se concretan las competencias
específicas de cada área, ámbito o materia y orientan
sobre el nivel de desempeño esperado al completar la Educación Primaria, favoreciendo
y explicitando así la continuidad, la coherencia y la cohesión entre las dos etapas que
componen la enseñanza obligatoria. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencia clave en comunicación lingüística (CCL) | |||
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Supone interactuar de forma oral,
escrita, signada o multimodal de manera coherente y adecuada en diferentes ámbitos y
contextos y con diferentes propósitos comunicativos movilizando el conjunto de conocimientos, destrezas y actitudes que permiten comprender, interpretar y valorar críticamente mensajes orales, escritos, signados o
multimodales y comunicarse eficazmente con otras personas de manera cooperativa, creativa, ética y
respetuosa.
Constituye la base para el pensamiento
propio y para la construcción del conocimiento en todos los ámbitos del saber. Su desarrollo está vinculado a la reflexión explícita acerca del funcionamiento de la
lengua en los géneros discursivos específicos de cada área de conocimiento, así como a
los usos de la oralidad, la escritura o la signación. Hace posible apreciar la dimensión estética del lenguaje y disfrutar de la cultura
literaria. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencia plurilingüe (CP) | |||
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Implica utilizar distintas lenguas, orales o signadas, de
forma apropiada y eficaz para el aprendizaje y la comunicación así como reconocer y respetar los perfiles lingüísticos individuales y aprovechar las
experiencias propias para desarrollar estrategias que permitan mediar y hacer
transferencias entre lenguas, incluidas las clásicas, y, en su caso, mantener y adquirir
destrezas en la lengua o lenguas familiares y en las lenguas oficiales. Integra dimensiones históricas e interculturales orientadas a conocer, valorar y respetar la
diversidad lingüística y cultural de la sociedad con el objetivo de fomentar la convivencia
democrática. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||
Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería (STEM) | |||
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Entraña la comprensión del mundo utilizando los métodos científicos, el pensamiento y representación matemáticos, la tecnología y los métodos de la ingeniería para transformar el entorno de forma comprometida, responsable y sostenible. (Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria). | |||